Cambios en la Reforma Tributaria hacen prever Operación Renta 2021 más compleja que años anteriores
A pocas semanas de que se inicie la Operación Renta 2021, el Servicio de Impuestos Internos, SII, dio a conocer en su página web información relacionada con las nuevas exigencias. Un total de tres nuevos regímenes se crearon con la Ley N° 21.210, poniendo, así, en alerta a personas y a empresas que declararán sus rentas para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Se trata de cambios que impactarán a las empresas, Pymes, trabajadores independientes y a un grupo específico asociado al segundo retiro previsional. Según Iván Cifuentes, perito judicial contable y director de Cifneg Consultores, los expertos están más atentos que nunca a este proceso, pues tanto beneficio y restricción puede acarrear, en algún momento, errores importantes. De ahí que recomiende asesorarse e informarse con tiempo.
Entre los beneficios importantes, destaca el hecho de que las empresas puedan depreciar sus inversiones en un 50% durante el primer año, como así también los relacionado con el nuevo impuesto sustitutivo. La tasa de este será de un 30% y las utilidades tributarias declaradas podrán ser retiradas por dueños y accionistas. De igual modo, se elimina gradualmente la devolución de impuesto por pago provisional por utilidades absorbidas, impidiendo, así, comprar empresas con pérdidas a fin de aprovechar los créditos tributarios.
Este año deben declarar renta todos quienes obtuvieron un ingreso anual superior a los $7.833.186 (salvo que corresponda a sueldos de un solo empleador), quienes tienen más de un empleador, aquellos que desempeñan funciones a honorarios y emiten boletas de servicios, los que trabajan a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial de las cotizaciones previsionales y quienes realizaron el segundo retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.295, y tienen ingresos tributables superiores a 30 UTA ($18.370.440).
«En cuanto a la división de regímenes, aquellos que entran en la categoría de Propyme, podrán acceder a una Tasa de Impuesto de Primera Categoría, IDPC, donde tendrán una tasa reducida de 10% (la normal es de 25%). Para determinar la Base Imponible (BI) que afecta al IDPC, hay que considerar los ingresos percibidos y gastos efectivamente pagados, sin aplicar normas de corrección monetaria», explica Iván Cifuentes. Para los Registros de Rentas Empresariales, RRE, será necesario tener los siguientes registros de rentas empresariales: Registro de Rentas Afectas a Impuestos Finales (RAI), Registro de Rentas Exentas e Ingresos No Renta (REX), y Registro del Saldo Acumulado de Crédito (SAC).
El régimen Propyme transparente tendrá derecho a una determinación de una base imponible especial, liberada del Impuesto de Primera Categoría (IDPC). Para determinar la Base Imponible (BI), debe tomar en cuenta sus ingresos percibidos y gastos efectivamente pagados, sin aplicar normas de corrección monetaria. Está liberado de llevar Registros de Rentas Empresariales, de aplicar corrección monetaria y de practicar inventarios, entre otros, aunque como consejo es recomendable que se sigan llevando.
El régimen General se mantiene igual en cuanto a sus normas y procedimientos, señala el director de Cifneg. «Contará con beneficios como el incentivo al ahorro, a través de descuentos en la base imponible, y el anticipo del crédito fiscal por el pago de IDPC para los socios de las empresas. Estos últimos podrán usarlos en sus declaraciones de impuestos finales».
Para esta Operación Renta comenzará a utilizarse una nueva forma de consignar los gastos, considerando los que puedan generar ingresos a futuro; una gran novedad de acuerdo a la opinión de Iván Cifuentes.