POLICIAL

Los argumentos de la Corte para rechazar la prisión preventiva de Jorge Escobar

Una nueva derrota tuvo ayer la Fiscalía del Biobío, luego de que la Corte de Concepción rechazara el recurso de apelación presentado en contra de resolución del Juzgado de Garantía de Arauco que desestimó la prisión preventiva de Jorge Eduardo Escobar Escobar.
De esta forma, se decretó la libertad del imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de homicidio calificado de menor de 3 años de edad.
Esto a pesar de la confianza que tenía la Fiscalía, luego de entregar una nueva evidencia, que dice relación con un examen odontológico a Tomás Bravo. El Ministerio Público preciso que el menor tenía una herida en la boca, la que se atribuyó a una agresión sexual.
La determinación de la Corte: “Que, en cuanto al fondo de lo debatido en esta audiencia y con los antecedentes expuestos por los intervinientes, esta Corte no puede sino compartir las conclusiones de la jueza a quo en cuanto a la no concurrencia, al menos por ahora y en esta etapa procesal, de los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sin perjuicio de lo que, con mayores y mejores probanzas científicas, se pueda concluir en el curso de la investigación que lleva el Ministerio Público. En efecto, se debe partir del presupuesto básico que nos da el pre informe de autopsia practicado al cuerpo de la víctima por el Servicio Médico Legal, en el cual se concluye que la causa de la muerte es inespecífica y que se encuentra aún sometida a estudio, sin descartar ni afirmar la participación de terceros”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “A su turno, la nueva pericia introducida en esta audiencia por el Ministerio Público, practicada específicamente en la cavidad bucal de la víctima, si bien aporta hallazgos aún no concluyentes, a la espera del resultado científico de las muestras tomadas en esa cavidad, no hace luces respecto de la causa específica de la muerte de la víctima, en los términos de la formalización de cargos en contra del imputado”.

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