Gobierno promulga Ley “Juan Barrios” que endurece penas por ataque incendiarios contra vehículos
El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la Ley Juan Barrios, que incrementa las sanciones penales para los ataques incendiarios contra todo tipo de vehículos motorizados
“Con la promulgación de esta ley, estamos dando un importante paso adelante para poder hacer justicia con Juan y con tantas otras personas que han sufrido las consecuencias del terrorismo y la violencia. Ninguna causa, por legítima que pueda parecer, justifica la utilización de la violencia y menos aun cuando ésta se ejerce contra la vida de personas que, muchas veces, pierden sus vidas sin tener ninguna participación y siendo totalmente inocentes”, señaló el Mandatario.
La ley toma su nombre en homenaje al camionero que durante la noche del 9 de febrero de 2020 sufrió un ataque incendiario mientras se encontraba durmiendo dentro su camión. Producto de las graves quemaduras, que afectaron el 30% de su cuerpo y dejaron las vías respiratorias comprometidas, Juan Barrios finalmente perdió la vida el 4 de marzo del mismo año.
Por su parte, el delegado presidencial regional, Juan Eduardo Prieto, enfatizó en las medidas que ha ido adoptando el Ejecutivo en la materia.
“Como Gobierno, hemos promovido una robusta agenda legislativa y diversas iniciativas para tener mejores herramientas en el combate del crimen organizado, el narcotráfico y el uso de armas de fuego, así como quienes alteren el orden público, y esta ley que hoy se promulga, va en esa línea, de endurecer el castigo de quien no sólo cometa un ataque contra un vehículo, sino que con la gravante de si está con personas en su interior. Estamos poniendo mano dura contra los delincuentes”, sostuvo.
La nueva ley modifica el Código Penal para incluir a los vehículos motorizados, con personas en su interior a los delitos de incendio, y crea una nueva agravante para quienes incurran en el ilícito. Asimismo, se crea un agravante que aumenta en un grado la pena -que puede ir desde 15 años y un día, hasta presidio perpetuo- en el caso de los delitos de incendio cuando este recayera sobre un vehículo motorizado con personas en su interior, y que sean obligadas a descender del mismo para la comisión del ilícito.