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Entrada en Vigencia de la Nueva «Ley Corta» de la PGU Permitirá a Más Personas de la Región Sumarse al Beneficio

El Instituto de Previsión Social, IPS, informó que desde el 1 de abril está vigente la Ley N° 21.538, conocida como «Ley Corta de la PGU», que considera un nuevo requisito que permitirá que más personas puedan obtener este beneficio del Estado.
Lo anterior, gracias a la modificación en el requisito de focalización, el que en lugar de evaluar que el adulto mayor no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años o más, verificará que NO pertenezca al 10% más rico de la población en general, lo que permite ampliar el umbral para que más personas ingresen al beneficio.
Así lo destacó, Waldo Quevedo Araya, Seremi (s) del Trabajo y Previsión Social y Director Regional del IPS Maule, quien resaltó que esta modificación en la ley implica además, «que las solicitudes de Pensión Garantizada Universal, que hayan sido rechazadas exclusivamente por el requisito de focalización, entre agosto de 2022 y marzo de 2023, sean reevaluadas internamente por el IPS. Es decir, de cumplir las nuevas condiciones, estas personas no tienen que hacer un nuevo trámite de solicitud y, de ser otorgado el beneficio, serán notificadas al contacto que informaron» explicó.
La autoridad agregó, que el Instituto de Previsión Social, IPS, «ya realizó un intenso trabajo previo para reevaluar las solicitudes que habían sido rechazadas por focalización en el período mencionado, para revisar cuántas de ellas podrían concederse ahora. Se estima que, a nivel nacional, cerca de 40 mil personas cuyas solicitudes fueron rechazadas anteriormente, estarán recibiendo el beneficio a contar de este mes de abril. Así, en el IPS se ha trabajado con un alto sentido de urgencia para que las personas reciban el beneficio desde el mismo mes en que comenzó a regir la Ley Corta PGU» subrayó.
De igual modo, explicó, que las personas pueden consultar el resultado de su reevaluación en los canales de atención de la red ChileAtiende del IPS, llamando al 101 o ingresando a www.chileatiende.cl
Finalmente, y junto con realizar un llamado a las personas, para que, al cumplir los 65 años de edad, consulten por los requisitos para la PGU y tramiten su solicitud cuando corresponda, el Seremi (s), recordó que, en la Región del Maule, sobre 133 mil personas ya se encuentran recibiendo cada mes la PGU.
Cabe recordar que no es necesario estar pensionado para solicitar el beneficio si se cumplen los requisitos. El monto máximo vigente de la PGU es de $206.173.
Requisitos de la PGU
Desde este 1 de abril se evaluará:

  • Haber cumplido 65 años de edad (pensionado o no).
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de Chile.
  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Contar con una pensión base (calculada según su PAFE inicial; es decir, pensión estimada para determinar la pensión base de una persona, de acuerdo a sus fondos acumulados) menor a $1.114.446. Cabe destacar que para quienes tengan una pensión base desde $702.102 y hasta $1.114.446, el monto de la PGU es menor a los $206.173 establecidos para este beneficio.
    ¿Cómo solicitar la PGU?
    Todos los días del año, incluidos fines de semana y feriados, en el sitio www.chileatiende.cl, con ClaveÚnica. En el mismo sitio se puede consultar, previamente, si se cumple con las condiciones básicas para acceder al beneficio.
    Durante los días hábiles, de lunes a viernes, a través de videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. También en sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, municipalidades. De igual modo, está la opción de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.
    Una condición previa a la solicitud es que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares. Si la persona aún no cuenta con este instrumento, puede solicitarlo por Internet en el sitio www.registrosocial.gob.cl, en su municipalidad o sucursales ChileAtiende del IPS.

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