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Graves sanciones a funcionarios de la Municipalidad de Talca

El abogado Fernando Leal ha comunicado que “hace varios meses presenté ante Contraloría graves irregularidades administrativas por parte de la abogada Grace Salazar, en su rol como directora jurídica de la Municipalidad de Talca.
Recientemente he sido notificado de que se ha tomado la decisión de destituirla y se han remitido los antecedentes al Concejo Municipal, responsabilizando al Alcalde”.
Es importante destacar que seis concejales presentaron una denuncia en mayo de 2023 ante la Contraloría Regional del Maule contra la mencionada directora jurídica, Grace Salazar, por supuestamente llevar a cabo litigios personales durante el horario laboral.
Con fecha del 20 de marzo, tras un proceso de sumario administrativo, la Contraloría ha resuelto “aplicar a doña Grace Salazar Barra, en su capacidad de directora de Asesoría Jurídica, la medida disciplinaria de destitución, conforme a lo establecido en el artículo 120 letra D”.
Además, el informe de la Contraloría también recomienda “imponer a don Ariel Amigo Vidal, administrador municipal, la medida disciplinaria de una multa equivalente al 20% de su remuneración mensual, así como una anotación de demérito de cuatro puntos en su calificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 120 letra B”.
Finalmente, la Contraloría sugiere en su documento “enviar una copia de los antecedentes al Concejo Municipal de Talca, ya que se ha comprobado la existencia de responsabilidad administrativa por parte de don Juan Carlos Díaz Avendaño”.
En cuanto a las conclusiones de la Contraloría respecto a las responsabilidades administrativas, el documento detalla que “el análisis de todos los antecedentes recopilados en este proceso administrativo confirma la responsabilidad administrativa de don Juan Carlos Díaz Avendaño, en su calidad de alcalde de la Municipalidad de Talca; así como de doña Grace Salazar Barra, en su cargo de directora de Asesoría Jurídica, y de don Ariel Amigo Vidal, en su función de administrador municipal”.

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