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Cobros indebidos en decodificadores de TV Cable: Tarifa de arriendo abusiva cobrada por compañías de telecomunicaciones

Con el objeto de medir el conocimiento de los cobros por concepto de arriendo de los decodificadores de TV Cable la Asociación de Consumidores ACU Nuestro Tiempo levantó una encuesta. El estudio fue financiado a través del Fondo Concursable para Asociaciones de Consumidores del SERNAC, bajo la hipótesis que las compañías proveedoras del servicio cobran por el segundo decodificador una renta abusiva que va más allá de los plazos estipulados en el contrato. A manera de referencia, el precio de mercado de un decodificador es inferior a 30 mil pesos, mientras que las compañías arriendan dicho equipo en una tarifa que fluctúa entre $3.100 y $4.000 mensual, por lo que un consumidor que compre ese aparato en el mercado al cabo de 10 meses lo financiaría.
De un universo de 425 informantes a lo largo del país, se destaca que el 46% de los encuestados no recibió un contrato de prestación de servicios por el cual pueda cotejar la existencia de un plazo mínimo de cobro. Complementariamente, 96% declara desconocer la existencia de un plazo máximo de cobro según contrato.
Cuando se pregunta si el proveedor le informó de las condiciones en que se entrega el segundo decodificador, 95% de los informantes negaron haber recibido información detallada. Cabe notar que al revisar las páginas webs de las firmas dominantes de la industria, ellas si informan del cobro del decodificador adicional aunque no existe información de plazos asociados a ese cobro.
Al preguntar si han tenido problemas con el cobro por parte de las compañías, sólo el 25% afirma haberlo tenido, lo que demuestra que los usuarios del servicio no están informados sobre sus derechos y las obligaciones de las compañías al momento de efectuar ese cobro. En esa dirección destacar la actitud pasiva de los informantes ya que 95% de ellos declaran no reclamar ante la autoridad reguladora (Subtel o Sernac), lo que se sustenta en el desconocimiento de ese canal y la desconfianza que tiene en esos organismos.
Considerando los resultados de la encuesta y el análisis jurídico complementario realizado por la institución, se abre un espacio para acciones de política pública por parte del regulador, entre las cuales destacan:
a) Informar de los alcances de la Ley en cuanto a las condiciones de cobro, lo que requiere que las compañías manejen en las cuentas personales de los usuarios en web, los contratos respectivos, de manera de disminuir la brecha de desconocimiento que existe respecto a estos cobros.
b) Informar en distintos canales que no existen restricciones legales para comprar decodificadores en el mercado, con ello los consumidores no quedan cautivos de la compañía que provee la señal de ese servicio. Ello impacta positivamente los bolsillos de los usuarios quienes al cabo de 1 año amortizan el precio que les cobraría la compañía.
c) Otro elemento que se destaca es que la Ley contempla que las compañías deben cortar el servicio al cabo de 24 horas una vez que el usuario ha informado que desea terminar el contrato.
Los resultados de la encuesta desagregados geográficamente pueden ser obtenidos en la web www.acunuestrotiempo.com

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