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Tribunal Electoral acoge demanda para remover al Alcalde de Yerbas Buenas

Los Concejales Nadia Gálvez y Rafael Viguera presentaron un requerimiento ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de la Región del Maule en el cual piden la remoción del Alcalde reelecto de la comuna histórica de Yerbas Buenas, Luis Cadegan Moran, por un supuesto abandono de sus funciones, debido a que no habría cumplido con una obligación legal expresa cuando se realizó la Primera sesión del Concejo Municipal, tras las pasadas elecciones municipales y su constitución definitiva.
«La ilegalidad del Alcalde, de la cual deriva su responsabilidad, está dada en omitir dar cumplimiento a la obligación consagrada en el Artículo 67 de la Ley 18.695, esto es, el hacer entrega de un Acta de Traspaso de Gestión, la que deberá consignar la información consolidada de su periodo Alcaldicio, respecto de los contenidos indicados en el inciso segundo del citado artículo, así como de los contratos y concesiones vigentes; los contenidos a los cuales hace alusión el citado cuerpo legal.
La gravedad de esta causal de remoción es abiertamente arbitraria e ilegal, pues, causa perjuicio a la marcha y gestión del municipio y en consecuencia al patrimonio municipal y a la comunidad, pues es inhibidora de la potestad fiscalizadora entregada al Concejo Municipal», indica la acusación.
En la acción legal se agrega que, en un posterior Concejo Municipal, algunos funcionarios de la Municipalidad hicieron entrega a uno de los Concejales denunciantes de un pendrive con la información del acta de entrega, sin embargo, advierten que los documentos en cuestión no están formalizados como lo exige la Ley.
En la acción legal se piden las siguientes sanciones: «Que el Alcalde de Yerbas Buenas, Señor Luis Cadegan Moran, ha incurrido en acciones u omisiones que han configurado notable abandono de deberes; que declare que el señor Luis Cadegan Moran debe ser removido, cesando de su cargo; que declare la inhabilidad del señor Luis Cadegan Moran, para ejercer cualquier cargo público por el término de 5 años; y se condene al señor Luis Cadegan Moran en costas tanto procesales como personales».
En la información se da cuenta que el Tribunal Electoral Regional (TER) declaró admisible la acción legal, por lo cual, ordenó la notificación al Alcalde de Yerbas Buenas, para dar paso al procedimiento regulado por Ley.
La acción legal contempla un listado de 11 documentos, además de pedir que, en la tramitación, el TER del Maule convoque a tres testigos, esto es, un Concejal, el Jefe de Control Interno y el Secretario Municipal; además de prueba documental, y que se despachen tres oficios. A todo ello se suma la declaración del propio edil, Luis Cadegan Moran.
Los denunciantes señalan que, durante el mes de agosto, presentaron dos denuncias ante la Contraloría General de la República de la Región del Maule, solicitando un pronunciamiento frente a los hechos.

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