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Tribunal declara admisible Demanda Colectiva de ODECU en contra del gigante mundial BAYER

El 22° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible (existen méritos suficientes para iniciar el juicio) la Demanda Colectiva interpuesta por ODECU en contra de los representantes locales del gigante mundial BAYER por los efectos que produjo, en millones de personas expuestas, su herbicida Roundup.
Según los argumentos legales de ODECU expuestos en la Demanda Colectiva, el daño causado «proviene del lento «envenenamiento cancerígeno» producido por el Glifosato y los productos químicos del Roundup, que es elaborado por BAYER y distribuido y comercializado en Chile por BAYER Chile S.A. y Arysta LifeScience S.A., las demandadas, y sufrido por los trabajadores, consumidores y usuarios expuestos al Roundup. Dicho daño tiene asimismo su origen en una conducta que constituye infracción a los deberes del proveedor en el contexto de la Ley de Protección de Derechos del Consumidor chilena, de ahí la pertinencia de la presente acción en defensa del interés difuso de los consumidores». De acuerdo al presidente de ODECU, Stefan Larenas, «Los afectados por el herbicida Roundup en Chile tienen los mismos derechos a justicia y compensación que quienes fueron expuestos en Estados Unidos o Europa, donde BAYER ya reconoció judicialmente su responsabilidad, como sucesora de Monsanto».
El Glifosato (comercializado por Bayer como Roundup) es de uso masivo en los cultivos agrícolas de nuestro país. La prevalencia de cáncer gástrico y de tiroides, que son los más asociados al uso del Glifosato, es significativamente mayor en las zonas donde se usa el químico como herbicida. Dada esta realidad, es posible que exista una relación causal, como la que comprobaron los tribunales norteamericanos en sus fallos relacionados con este tema, y que la propia empresa quiso superar logrando el acuerdo compensatorio con los miles de afectados en ese país. Ante estos antecedentes, la autoridad agrícola y sanitaria chilena decretó la prohibición de importación del Roundup, pero no la comercialización de los stocks aún existentes en el país. Por lo que, según el abogado del estudio jurídico Pérez Donoso, Juan Sebastián Reyes, habría también un accionar negligente en ese aspecto: «Es impresentable que tanto el SAG como la autoridad de salud hayan autorizado la venta de los stocks disponibles, sin considerar que el herbicida es extremadamente peligroso y cancerígeno».
Se indicó, asimismo, que las regiones más afectadas son las de O´Higgins y Maule.
Ante esta realidad, ODECU demandó la compensación por los perjuicios a la salud causados por el herbicida de BAYER, a través del pago de 100 millones de pesos por el daño físico y 100 millones por el daño moral, para cada uno de los enfermos que padezcan alguno de los tipos de cáncer asociados al Roundup y que pudiesen haber sido expuestos a ese agente químico. Según el presidente de ODECU, Stefan Larenas, estaríamos frente a un universo difuso y, probablemente, muy masivo de personas afectadas: «Queremos hacer un llamado a quienes tengan algún tipo de cáncer asociado a la exposición al Roundup, a que se pongan en contacto con ODECU, para informar con más detalles de esta acción legal». Para esto, ya se puso a disposición de los potenciales afectados un banner en la página oficial de la organización: www.odecu.cl.

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